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– Si cancelas hasta 1 semana antes del comienzo del curso, no se reembolsará el importe del curso. El curso se trasladará a otra fecha.

ÍNDICE

Artículo 1 – Definiciones
Artículo 2 – Identidad del empresario
Artículo 3 – Aplicabilidad
Artículo 4 – La oferta
Artículo 5 – El acuerdo
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el periodo de reflexión
Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes del mismo
Artículo 9 – Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 11 – El precio
Artículo 12 – Cumplimiento y garantía adicional
Artículo 13 – Entrega y ejecución
Artículo 14 – Duración de las operaciones: duración, anulación y prórroga
Artículo 15 – Pago
Artículo 16 – Procedimiento de reclamación
Artículo 17 – Litigios
Artículo 18 – Disposiciones adicionales o divergentes

Artículo 1 – Definiciones

En estas condiciones se aplican las siguientes definiciones:

  • Acuerdo adicional: acuerdo por el que el consumidor adquiere productos, contenidos digitales y/o servicios en relación con un contrato a distancia y dichos productos, contenidos digitales y/o servicios son suministrados por el empresario o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre dicho tercero y el empresario;
  • Plazo de reflexión: plazo en el que el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
  • Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su comercio, negocio, oficio o profesión;
  • Día: día natural;
  • Contenido digital: datos producidos y entregados en forma digital;
  • Acuerdo de duración: acuerdo que se extiende a la entrega regular de bienes, servicios y/o contenidos digitales durante un periodo determinado;
  • Soporte duradero de datos: cualquier herramienta -incluido el correo electrónico- que permita al consumidor o empresario almacenar información que le esté personalmente dirigida, de forma que pueda consultarla o utilizarla en el futuro durante un periodo adaptado a la finalidad a la que se destina la información, y que permita la reproducción inalterada de la información almacenada;
  • Derecho de desistimiento: posibilidad del consumidor de desistir del contrato a distancia dentro del plazo de reflexión;
  • Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos, (acceso a) contenidos digitales y/o servicios a distancia a los consumidores;
  • Acuerdo a distancia: acuerdo celebrado entre el empresario y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenidos digitales y/o servicios, en el que se hace un uso exclusivo o conjunto hasta la celebración del acuerdo utiliza una o varias técnicas de comunicación a distancia.
  • Modelo de formulario de desistimiento: el modelo europeo de formulario de desistimiento incluido en el Apéndice I de estas condiciones. El Apéndice I no tiene que estar disponible si el consumidor no tiene derecho de desistimiento con respecto a su pedido;
  • Tecnología de comunicación a distancia: medios que pueden utilizarse para concluir un acuerdo, sin que el consumidor y el empresario tengan que reunirse en la misma sala al mismo tiempo.

Artículo 2 – Identidad del empresario

COCO Casa de la Belleza
Catharinastraat 21
4811 XD Breda
+31 6 39085535
Número de la Cámara de Comercio: 93402082
Número de IVA: NL866381600B01

Artículo 3 – Aplicabilidad

Estas condiciones generales se aplican a todas las ofertas del empresario y a todos los contratos a distancia celebrados entre el empresario y el consumidor.

Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. Si ello no fuera razonablemente posible, el empresario indicará antes de la celebración del contrato a distancia cómo pueden consultarse las condiciones generales en la sede del empresario y que se enviarán gratuitamente lo antes posible a petición del consumidor.

Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior y antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales puede ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de forma que pueda ser leído por el consumidor. pueda almacenarse fácilmente en un soporte de datos duradero. Si esto no es razonablemente posible, antes de que se celebre el contrato a distancia, se indicará dónde pueden consultarse electrónicamente las condiciones generales y que se enviarán gratuitamente por vía electrónica o de otro modo a petición del consumidor.

En caso de que, además de estas condiciones generales, se apliquen también condiciones específicas de productos o servicios, los párrafos segundo y tercero se aplicarán mutatis mutandis y, en caso de condiciones contradictorias, el consumidor siempre podrá basarse en la disposición aplicable que le sea más favorable.

Artículo 4 – La oferta

Si una oferta tiene un periodo de validez limitado o está sujeta a condiciones, esto se indicará expresamente en la oferta.

La oferta contiene una descripción completa y exacta de los productos, contenidos digitales y/o servicios ofrecidos. La descripción es suficientemente detallada para permitir una buena evaluación de la oferta por parte del consumidor. Si el empresario utiliza imágenes, éstas son una representación fiel de los productos, servicios y/o contenidos digitales ofrecidos. Los errores o fallos evidentes en la oferta no vinculan al empresario.

Cada oferta contiene tal información que queda claro para el consumidor cuáles son los derechos y obligaciones asociados a la aceptación de la oferta.

Artículo 5 – El acuerdo

El acuerdo se celebra, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento de la aceptación de la oferta por parte del consumidor y del cumplimiento de las condiciones establecidas.

Si el consumidor ha aceptado la oferta electrónicamente, el empresario confirmará inmediatamente la recepción de la aceptación de la oferta electrónicamente. Mientras el empresario no confirme la recepción de esta aceptación, el consumidor puede rescindir el acuerdo.

Si el acuerdo se celebra electrónicamente, el empresario tomará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la transferencia electrónica de datos y garantizar un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario tomará las medidas de seguridad adecuadas.

El empresario puede, dentro de los marcos legales, informarse de si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que sean importantes para una conclusión responsable del contrato a distancia. Si, basándose en esta investigación, el empresario tiene buenas razones para no celebrar el acuerdo, tiene derecho a rechazar un pedido o una solicitud de forma motivada o a fijar condiciones especiales para la ejecución.

El empresario enviará la siguiente información al consumidor a más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital, por escrito o de forma que pueda ser almacenada por el consumidor de forma accesible en un soporte de datos duradero:

  • la dirección de visita de la sucursal del empresario a la que el consumidor puede dirigirse para presentar reclamaciones;
  • las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una declaración clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento;
  • la información sobre las garantías y el servicio posventa existente;
  • el precio, incluidos todos los impuestos, del producto, servicio o contenido digital; en su caso, los gastos de entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;
  • los requisitos para rescindir el acuerdo si éste tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;
  • si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el modelo de formulario de desistimiento.
  • En el caso de una operación de duración, la disposición del párrafo anterior sólo se aplica a la primera entrega.

Artículo 6 – Derecho de desistimiento

Para los productos:

El consumidor puede rescindir un contrato relativo a la compra de un producto durante un periodo de reflexión de al menos 14 días sin indicar los motivos. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo de la rescisión, pero no puede obligarle a exponer sus motivos.

El periodo de reflexión a que se refiere el apartado 1 comienza el día siguiente a aquel en que el consumidor, o un tercero designado previamente por el consumidor, que no sea el transportista, haya recibido el producto, o:

si el consumidor ha pedido varios productos en el mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, recibió el último producto. El empresario podrá, siempre que haya informado claramente de ello al consumidor antes del proceso de pedido, rechazar un pedido de múltiples productos con diferentes plazos de entrega.

si la entrega de un producto consta de varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último envío o parte;

en el caso de acuerdos de entrega regular de productos durante un periodo determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, recibió el primer producto.

Para servicios y contenidos digitales que no se suministran en un soporte tangible:

El consumidor puede rescindir un contrato de servicios y un contrato de entrega de contenidos digitales que no hayan sido entregados en un soporte tangible durante al menos 14 días, sin indicar los motivos. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo de la rescisión, pero no puede obligarle a exponer sus motivos.

El periodo de reflexión mencionado en el apartado 3 comienza el día siguiente a la celebración del acuerdo.

Ampliación del plazo de reflexión para productos, servicios y contenidos digitales que no se entregan en un soporte tangible si no te informas sobre el derecho de desistimiento:

Si el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, el plazo de reflexión expirará doce meses después de la finalización del plazo de reflexión inicial determinado conforme a los apartados anteriores de este artículo.

Si el empresario ha facilitado al consumidor la información mencionada en el párrafo anterior en los doce meses siguientes a la fecha de inicio del periodo de reflexión inicial, el periodo de reflexión expirará 14 días después del día en que el consumidor haya recibido dicha información.

Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el periodo de reflexión

Durante el periodo de reflexión, el consumidor manipulará el producto y el embalaje con cuidado. Sólo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar su naturaleza, características y funcionamiento. El principio básico es que el consumidor sólo puede manipular e inspeccionar el producto como lo haría en una tienda.

El consumidor sólo es responsable de la disminución de valor del producto que sea consecuencia de una manipulación del producto que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.

El consumidor no es responsable de la depreciación del producto si el empresario no le ha proporcionado toda la información legalmente requerida sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de celebrar el contrato.

Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes del mismo

Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, debe comunicarlo al empresario dentro del periodo de reflexión mediante el modelo de formulario de desistimiento o de otra forma inequívoca.

Tan pronto como sea posible, pero en un plazo de 14 días a partir del día siguiente a la notificación mencionada en el apartado 1, el consumidor deberá devolver el producto o entregarlo a (un representante autorizado de) el empresario. Esto no es necesario si el empresario se ha ofrecido a recoger el producto él mismo. En cualquier caso, el consumidor habrá cumplido el plazo de devolución si devuelve el producto antes de que haya expirado el periodo de reflexión.

El consumidor devuelve el producto con todos los accesorios suministrados, si es razonablemente posible en el estado y embalaje originales, y de acuerdo con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.

El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y oportuno del derecho de desistimiento recaen en el consumidor.

El consumidor soporta los costes directos de devolución del producto. Si el empresario no ha declarado que el consumidor deba asumir estos costes o si el empresario indica que él mismo asumirá los costes, el consumidor no tiene que asumir los costes de devolución.

Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad que no estén preparados para la venta en un volumen limitado o en una cantidad específica comience durante el periodo de reflexión, el empresario es el consumidor. cantidad adeudada que es proporcional a la parte de la obligación cumplida por el empresario en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento íntegro de la obligación.

El consumidor no soportará ningún coste por la prestación de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad que no estén preparados para la venta en un volumen o cantidad limitados, o por el suministro de calefacción urbana, si:

el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento, el reembolso de los gastos en caso de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, o;

el consumidor no ha solicitado expresamente el inicio de la prestación del servicio o el suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el periodo de reflexión.

El consumidor no soportará ningún coste por la entrega total o parcial de contenidos digitales no entregados en un soporte tangible, si

antes de su entrega, no ha aceptado expresamente iniciar la ejecución del contrato antes de que finalice el periodo de reflexión;

no ha reconocido que pierde su derecho de retractación al otorgar su consentimiento, o

el empresario no ha podido confirmar esta declaración del consumidor.

Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los acuerdos adicionales quedarán disueltos por ministerio de la ley.

Artículo 9 – Obligaciones del empresario en caso de desistimiento

Si el empresario permite la notificación de desistimiento por parte del consumidor por vía electrónica, enviará inmediatamente un acuse de recibo tras recibir dicha notificación.

El empresario reembolsará todos los pagos efectuados por el consumidor, incluidos los gastos de envío cobrados por el empresario por el producto devuelto, sin demora pero dentro de los 14 días siguientes al día en que el consumidor le notifique el desistimiento. A menos que el empresario se ofrezca a recoger él mismo el producto, podrá esperar con el reembolso hasta que haya recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que ha devuelto el producto, lo que ocurra primero.

El empresario utiliza el mismo método de pago que el consumidor utilizó para el reembolso, a menos que el consumidor acepte un método diferente. El reembolso es gratuito para el consumidor.

Si el consumidor ha optado por un método de entrega más caro que la entrega estándar más barata, el empresario no tiene que reembolsar los costes adicionales del método más caro.

Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento

El empresario puede excluir los siguientes productos y servicios del derecho de desistimiento, pero sólo si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, al menos con tiempo suficiente antes de concluir el acuerdo:

  • Productos o servicios cuyo precio está sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tiene influencia y que pueden producirse dentro del plazo de desistimiento;
  • Acuerdos celebrados durante una subasta pública. Una subasta pública se define como un método de venta en el que los productos, contenidos digitales y/o servicios son ofrecidos por el empresario al consumidor que está personalmente presente o tiene la oportunidad de estar personalmente presente en la subasta, bajo la supervisión de un subastador, y donde el adjudicatario está obligado a comprar los productos, contenidos digitales y/o servicios;
  • Acuerdos de servicio, tras la plena ejecución del servicio, pero sólo si:
  • la prestación ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
  • el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento en cuanto el empresario haya ejecutado completamente el acuerdo;
  • Los viajes combinados a que se refiere el artículo 7:500 del Código Civil neerlandés y los contratos de transporte de pasajeros;
  • Acuerdos de servicios para la provisión de alojamiento, si el acuerdo prevé una fecha o un periodo de ejecución específicos y que no tengan fines residenciales, transporte de mercancías, servicios de alquiler de coches y restauración;
  • Acuerdos relativos a actividades de ocio, si el acuerdo prevé una fecha o un periodo de ejecución específicos;
  • Productos fabricados conforme a las especificaciones del consumidor, que no son prefabricados y que se fabrican sobre la base de una elección o decisión individual del consumidor, o que están claramente destinados a una persona concreta;
  • Productos que se estropean rápidamente o tienen una vida útil limitada;
  • Productos precintados que no son aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y cuyo precinto se ha roto después de la entrega;
  • Productos que, por su naturaleza, se mezclan irreversiblemente con otros productos después de la entrega;
  • Bebidas alcohólicas cuyo precio se acordó al celebrar el contrato, pero cuya entrega sólo puede tener lugar transcurridos 30 días, y cuyo valor real depende de las fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tiene influencia;
  • Grabaciones de audio, vídeo y programas informáticos precintados, cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
  • Diarios, publicaciones periódicas o revistas, con excepción de las suscripciones a los mismos;
  • El suministro de contenidos digitales que no estén en un soporte tangible, pero sólo si

la prestación ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y

el consumidor ha declarado que pierde así su derecho de desistimiento.

Artículo 11 – El precio

Durante el periodo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se verán incrementados, excepto en el caso de modificaciones de precios como consecuencia de cambios en los tipos de IVA.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el empresario puede ofrecer productos o servicios con precios variables, cuyos precios están sujetos a las fluctuaciones del mercado financiero y sobre los que el empresario no tiene ninguna influencia. Esta sujeción a las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados son precios objetivo se indican en la oferta.

Los aumentos de precio en los 3 meses siguientes a la celebración del contrato sólo están permitidos si son consecuencia de normas o disposiciones legales.

Los aumentos de precio a partir de 3 meses después de la celebración del contrato sólo están permitidos si el empresario así lo ha estipulado y:

a. son consecuencia de normas o disposiciones legales; o
b. el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato con efecto a partir del día en que surta efecto el aumento de precio.

Los precios indicados en la oferta de productos o servicios no incluyen el IVA.

Artículo 12 – Cumplimiento del acuerdo y garantía adicional

El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen el acuerdo, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de fiabilidad y/o utilidad y las disposiciones legales existentes en la fecha de celebración del acuerdo y/o las normativas gubernamentales. Si se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es adecuado para un uso distinto del normal.

Una garantía adicional proporcionada por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limita los derechos y reclamaciones legales que el consumidor puede hacer valer contra el empresario en virtud del acuerdo si éste no ha cumplido su parte del acuerdo.

Se entiende por garantía adicional cualquier obligación del empresario, su proveedor, importador o productor en la que conceda al consumidor determinados derechos o reclamaciones que vayan más allá de lo que está legalmente obligado a hacer en caso de que haya incumplido su parte del acuerdo.

Artículo 13 – Entrega y ejecución

El empresario actuará con el máximo cuidado al recibir y ejecutar pedidos de productos y al evaluar solicitudes de prestación de servicios.

El lugar de entrega es la dirección que el consumidor ha comunicado al empresario.

Teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 4 de estas condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con celeridad, pero a más tardar en un plazo de 30 días, a menos que se haya acordado un plazo de entrega diferente. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede cumplirse o sólo puede cumplirse parcialmente, el consumidor será notificado de ello a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin costes.

Tras la disolución conforme al párrafo anterior, el empresario reembolsará inmediatamente el importe abonado por el consumidor.

El riesgo de daño, robo y/o pérdida de los productos es asumido por COCO House of Beauty hasta el momento de la entrega de la mercancía a PostNL, DHL o DPD. En ese momento, el riesgo pasa al cliente. COCO House of Beauty no se hace responsable de las pérdidas, daños o retrasos que se produzcan durante la gestión del envío por parte de PostNL, DHL o DPD.

Artículo 14 – Duración de las operaciones: duración, anulación y prórroga

Terminación:

El consumidor puede rescindir un contrato celebrado por tiempo indefinido y que se extienda a la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios en cualquier momento, teniendo en cuenta las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso no superior a un mes.

Artículo 15 – Pago

Salvo que se indique lo contrario en el acuerdo o en las condiciones adicionales, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 14 días tras el inicio del periodo de reflexión o, en ausencia de un periodo de reflexión, en un plazo de 14 días tras la celebración del acuerdo. En el caso de un acuerdo de prestación de servicios, este plazo comienza el día siguiente a la recepción por el consumidor de la confirmación del acuerdo.

En la venta de productos a consumidores, nunca se puede obligar al consumidor a pagar más del 50% por adelantado en condiciones generales. Si se ha estipulado el pago por adelantado, el consumidor no podrá hacer valer ningún derecho relativo a la ejecución del pedido o servicio(s) correspondiente(s) antes de que se haya efectuado el pago por adelantado acordado.

El consumidor tiene la obligación de informar inmediatamente al empresario de cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o declarados.

Si el consumidor no cumple a tiempo su(s) obligación(es) de pago, una vez que el empresario le haya informado del retraso en el pago y éste le haya concedido un plazo de 14 días para seguir cumpliendo con sus obligaciones de pago, tras el Si el pago no se realiza en este plazo de 14 días, se devengarán intereses legales sobre el importe aún adeudado y el empresario tendrá derecho a cobrar los costes de cobro extrajudiciales en los que haya incurrido. Estos costes de cobro ascienden a un máximo de 15% sobre las cantidades pendientes hasta 2.500 euros; 10% sobre los siguientes 2.500 euros y 5% sobre los siguientes 5.000 euros, con un mínimo de 40 euros. El empresario puede desviarse de los importes y porcentajes indicados en beneficio del consumidor.

El consumidor puede rescindir un contrato que se haya celebrado por un periodo fijo y que se extienda a la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios en cualquier momento hacia el final de la duración fijada, teniendo en cuenta las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso de al menos un mes como máximo.

El consumidor puede rescindir los acuerdos mencionados en los párrafos anteriores:

  • cancelar en cualquier momento y no estar limitado a la cancelación en un momento determinado o en un periodo determinado;
  • al menos cancelarlas de la misma forma en que fueron suscritas por él;
  • cancelar siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya acordado para sí mismo.

Ampliación:

Un acuerdo que se haya celebrado por un periodo determinado y que se extienda a la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse o renovarse tácitamente por un periodo determinado.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, un acuerdo que se haya celebrado por un periodo fijo y que se extienda a la entrega regular de noticias diarias y periódicos y revistas semanales podrá prorrogarse tácitamente por un periodo fijo de hasta tres meses, si el consumidor se niega a aceptar este acuerdo prorrogado. puede rescindir la prórroga con un preaviso no superior a un mes.

Un contrato celebrado por tiempo indefinido y que se extienda a la entrega periódica de productos o servicios sólo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un preaviso no superior a un mes. El plazo de preaviso es de un máximo de tres meses si el acuerdo se extiende a la entrega regular, pero menos de una vez al mes, de periódicos y revistas diarios, informativos y semanales.

Un acuerdo de duración limitada para la entrega regular de periódicos y revistas diarios, informativos y semanales con fines introductorios (suscripción de prueba o introductoria) no se continúa tácitamente y finaliza automáticamente tras el periodo de prueba o introductorio.

Duración:

Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento después de un año con un preaviso no superior a un mes, a menos que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes del final de la duración acordada.

Artículo 15 – Pago

Salvo que se indique lo contrario en el acuerdo o en las condiciones adicionales, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 14 días tras el inicio del periodo de reflexión o, en ausencia de un periodo de reflexión, en un plazo de 14 días tras la celebración del acuerdo. En el caso de un acuerdo de prestación de servicios, este plazo comienza el día siguiente a la recepción por el consumidor de la confirmación del acuerdo.

En la venta de productos a consumidores, nunca se puede obligar al consumidor a pagar más del 50% por adelantado en condiciones generales. Si se ha estipulado el pago por adelantado, el consumidor no podrá hacer valer ningún derecho relativo a la ejecución del pedido o servicio(s) correspondiente(s) antes de que se haya efectuado el pago por adelantado acordado.

El consumidor tiene la obligación de informar inmediatamente al empresario de cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o declarados.

Si el consumidor no cumple a tiempo su(s) obligación(es) de pago, una vez que el empresario le haya informado del retraso en el pago y éste le haya concedido un plazo de 14 días para seguir cumpliendo con sus obligaciones de pago, tras el Si el pago no se realiza en este plazo de 14 días, se devengarán intereses legales sobre el importe aún adeudado y el empresario tendrá derecho a cobrar los costes de cobro extrajudiciales en los que haya incurrido. Estos costes de cobro ascienden a un máximo de 15% sobre las cantidades pendientes hasta 2.500 euros; 10% sobre los siguientes 2.500 euros y 5% sobre los siguientes 5.000 euros, con un mínimo de 40 euros. El empresario puede desviarse de los importes y porcentajes indicados en beneficio del consumidor.

Artículo 16 – Procedimiento de reclamación

El empresario dispone de un procedimiento de reclamación suficientemente publicitado y tramita la reclamación de acuerdo con dicho procedimiento de reclamación.

Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben presentarse al empresario descritas de forma completa y clara en un plazo razonable después de que el consumidor haya descubierto los defectos.

Las reclamaciones presentadas al empresario se responderán en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un mensaje de recepción y una indicación de cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.

El consumidor debe dar al empresario al menos 4 semanas para resolver la reclamación mediante consultas mutuas. Transcurrido este plazo, surge un litigio susceptible de resolución.

Artículo 17 – Litigios

El empresario dispone de un procedimiento de reclamación suficientemente publicitado y tramita la reclamación de acuerdo con dicho procedimiento de reclamación.

Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben describirse completa y claramente y presentarse al empresario en un plazo de 7 días desde que el consumidor haya descubierto los defectos.

Las reclamaciones presentadas al empresario se responderán en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un mensaje de recepción y una indicación de cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.

Si la reclamación no puede resolverse mediante consultas mutuas, surge un conflicto que puede ser objeto de resolución de litigios.

En caso de reclamación, el consumidor debe ponerse primero en contacto con el empresario. En los casos en que las reclamaciones no puedan resolverse mediante consultas mutuas, el consumidor debe ponerse en contacto con la Casa de la Belleza COCO (www.cocohouseofbeauty.com) para una mediación gratuita. Si aun así no se llega a una solución, el consumidor tiene la opción de que su reclamación sea tramitada por la Stichting GeschilOnline (www.geschilonline.com), cuya decisión es vinculante, y tanto el empresario como el consumidor están de acuerdo con esta decisión vinculante. La presentación de un litigio ante esta comisión de litigios conlleva unos costes que el consumidor debe abonar a la comisión correspondiente. También es posible presentar reclamaciones a través de la plataforma europea ODR (http://ec.europa.eu/odr).

Una denuncia no suspende las obligaciones del empresario a menos que éste indique lo contrario por escrito.

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QUEJAS

Te aconsejamos que primero nos hagas llegar tus quejas por correo electrónico. Si esto no conduce a una solución, es posible registrar tu disputa para mediación a través de Stichting WebwinkelKeur.

Desde el 15 de febrero de 2016, los consumidores de la UE también pueden registrar reclamaciones a través de la plataforma ODR de la Comisión Europea. Esta plataforma ODR se encuentra en http://ec.europa.eu/odr . Si tu reclamación aún no se ha tramitado en otro lugar, puedes presentarla a través de la plataforma de la Unión Europea.